Bloque: 4. Bienestar
Los poderes públicos deben incorporar acciones y medidas para hacer real y efectivo el derecho constitucional a una vivienda digna y adecuada.
Del mismo modo, todas las actuaciones en materia de viviendas sociales deben estar alineadas tanto con la Estrategia de Objetivos de Desarrollo Sostenibles 2020-2030, que establece en su objetivo 11 la urgente necesidad de abordar ciudades más humanas, como con los principios de la Agenda Urbana de Andalucía 2020-2030, que se centra en tres principios básicos: mejor regulación, mejor gestión de los recursos y mayor conocimiento.
En este contexto, se desarrolla el Plan Vive en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030, en el que se garantiza el derecho a una vivienda y se facilita el acceso a colectivos necesitados (jóvenes, mayores de 65 años y colectivos vulnerables) a una vivienda a precio asequible, en condiciones de igualdad y mediante la concesión de ayudas.
Además, todas las viviendas deben cumplir un mínimo de condiciones de habitabilidad, accesibilidad y de mejoras en materia de eficiencia energética.
Por todo ello, resulta necesario profundizar en dos grandes líneas de actuación: el acceso universal a la vivienda y la rehabilitación y adecuación de las viviendas ya existentes.